El Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos presentó una demanda en la Justicia para que los represores cumplan las condenas sin privilegios. Se exige igualdad ante la ley.

Fotos: Coco Yañez

El requerimiento del organismo defensor de  derechos humanos fue entregado ante el Tribunal Oral Federal N°1 de Mendoza, con el objetivo de revocar la resolución del gobierno nacional que habilita la prisión militar de Campo de Mayo para los genocidas.

Esta especie de cárcel vip fue dada de baja en 2013, luego de que pasara de las Fuerzas Armadas a la órbita del Servicio Penitenciario Federal. Pero el pasado 1 de diciembre, el director del SPF, Emilio Blanco, revocó aquella disposición y volvió a poner en funcionamiento las instalaciones de la Unidad 34, para alojar a los condenados por delitos de lesa humanidad.

El pedido del MEDH regional Mendoza se presentó en el marco de la causa “Fiscal c/ Menéndez”, en la cual el organismo participa como querellante. “Venimos a solicitar al Tribunal Oral que no se convaliden o dispongan los traslados de procesados en causas de Lesa Humanidad a la Unidad 34 de Campo de Mayo”, solicitaron los letrados. El escrito explicita que la petición se hace “en virtud del principio de igualdad ante la ley y del principio de abolición de fueros y privilegios, art. 16 de la Constitución Nacional y 8 del Convención Americana de los Derechos Humanos, y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.

Beigel y SalinaS (los primeros de izquierda a derecha), abogados del MEDH.

El abogado Pablo Salinas explicó que, con el traslado de los condenados a esta cárcel con privilegios, “en primera instancia se está pasando por alto el dictamen judicial que ordena cumplimiento efectivo de la pena en cárcel común”. “Se está incumpliendo el fallo de la Justicia”, remarcó Salinas, quien junto a Viviana Beigel y Carlos Varela Álvarez conforman el equipo de letrados del MEDH.

Las autoridades del SPF aclaran que la resolución emitida “se basó en el Manual sobre Reclusos con Necesidades Especiales elaborado por la ONU en el 2009”, cuyo capítulo 6 trata sobre los cuidados que se le deben brindar a los “reclusos de la tercera edad”.

Al respecto Salinas aclaró que “no está mal que se tengan en cuenta los cuidados para la personas mayores, estamos de acuerdo con eso, pero en este caso sólo se tiene en cuenta a  este grupo de condenados, no se está estableciendo una medida para toda la población carcelaria que tiene más de 60 años”. “Estamos reclamando igualdad”, subrayó.

Sólo pasaron 24 horas de la resolución del SPF para que las instalaciones de la Unidad 34 fueran ocupadas. El viernes 2 de diciembre, sin órdenes de los jueces, los penitenciarios trasladaron a Aníbal Alberto Guevara Molina, condenado a prisión perpetua en 2011, en el primer juicio por delitos de Lesa Humanidad de Mendoza. El predio tiene espacio para 125 reclusos que podrán disponer de los quinchos, las canchas de futbol y todas las hectáreas de campo con las que cuenta el lugar.

El Dr. Salinas adelantó que, si la petición no es tenida en cuenta por el Justicia Federal, “vamos a presentar un recurso en la Cámara Federal de Casación”. Dicha fuero es el máximo tribunal penal que existe por debajo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.