Por Alfredo Guevara | Abogado y militante por los Derechos Humanos.

Escuela del penal Almafuerte. Foto de archivo: Fernando Carrizo.

Los reclamos de la población carcelaria se hacen sentir junto con terribles imágenes de violencia propagadas por las cámaras de los teléfonos celulares. Se agita el debate público con la demagogia punitiva. La Organización Mundial de la Salud y todos los organismos internacionales de Derechos Humanos han recomendado descomprimir los penales. Esto ha llevado a que Reino Unido, México y muchísimos países hayan dispuesto medidas alternativas a la permanencia de personas privadas de libertad. Argentina no es una excepción. Esto supone un quiebre a la tendencia irracional a la mayor prisionización  influenciada por las políticas de seguridad interior norteamericanas inspiradas en las nuevas amenazas y la demagogia punitiva.

En un mundo donde ganó espacios el modelo neoliberal de las cárceles de la miseria, nuestro país no fue la excepción. Mendoza y Provincia de Buenos Aires han liderado los índices de prisionización que han crecido en forma sostenida bajo diferentes administraciones políticas, pero que se dispararon durante la gestión macrista. Sin embargo, la mayor cantidad de personas encarceladas en todo el país no ha impactado en los índices de criminalidad que se han incrementado.

Penitenciaría de Bolougne Sur Mer. Foto de archivo: Coco Yañez

En este contexto, los organismos de derechos humanos hemos planteado la necesidad de descomprimir las prisiones procediendo a tomar las medidas que corresponden para proteger el derecho a la vida y a la salud de las personas privadas de libertad.

En la Provincia de Mendoza, a raíz de una acción de habeas corpus interpuesta por la Asociación Xumek, el Servicio Penitenciario elaboró un listado de 417 personas en situación de vulnerabilidad, así como de 150 personas en condiciones de acceder a regímenes de semi libertad, libertad condicional y asistida o con penas inferiores a tres años de prisión. En ningún caso comprenden personas imputadas o condenadas por delitos de lesa humanidad que dependen de la Justicia Federal. Además ordenó medidas para proteger la salud de las personas privadas de libertad y los trabajadores de dichos establecimientos.

Escuela del penal Almafuerte. Foto de archivo: Fernando Carrizo

Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de la Defensa, con participación del Comité contra la Tortura celebraron un acuerdo donde se establecieron distintos criterios para agilizar la tramitación de estos pedidos, tomando en cuenta la situación de riesgo, la naturaleza de los hechos, la violencia ejercida con el debido resguardo e intervención de las víctimas, sobre todo en casos de violencia de género, situación que se justifica plenamente ante el incremento de femicidios y otros delitos de género que denuncian las organizaciones de mujeres.

Las demoras en instrumentar estos pedidos, que requieren la elaboración de informes y la realización de audiencia con intervención de las víctimas, así como la de adoptar medidas de prevención sanitaria, el incremento de los niveles de hacinamiento con detenidos por violar la cuarentena en lugar de la reducción de la población penal con el consiguiente peligro de contagio;  la privación de visitas y programas de educación y trabajo y la interrupción del régimen progresivo de cumplimiento de la pena que establece la ley han producido reclamos hacia el interior de los establecimientos penitenciarios  que han tomado estado público.

Foto de archivo: Coco Yañez

En las cárceles de Boulogne Sur Mer y San Felipe se han registrado huelgas de hambre masivas. El Comité contra la Tortura constató graves hechos de represión el pasado 24 de abril en la cárcel de mujeres de El Borbollón, con cinco heridas de bala con posta de goma y una herida con gas pimienta, así como la aplicación de represalias masivas que incluyen encierros prolongados, privación de agua, gas y electricidad.

Quienes defendemos los derechos humanos no podemos consentir que se ejerza la represión y se extiendan los estallidos de violencia que esta situación provoca. La emergencia sanitaria no constituye un estado de excepción que excluya de todo derecho a la población penitenciaria, hay acuerdo institucional generalizado en que las medidas que se adopten tienen como objetivo la protección del derecho a la vida y a la salud con el debido resguardo al derecho de las víctimas.

 

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