Los firmantes de la presente, miembros del COMITÉ LOCAL PARA LA PREVENCIÓN DE LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES de Mendoza – Ley Provincial 8.248 – nos dirigimos a la Señora Presidente del Honorable Senado de la Provincia, para exponer nuestra impugnación a la candidatura del Dr. José Valerio para ocupar el cargo vacante de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia.

Porque, de acuerdo a las públicas palabras del Sr. Gobernador, el señor Valerio aboga por la concepción que vulgarmente se ha dado en llamar de mano dura, origen –desde hace ya décadas- de las más variadas vulneraciones a los derechos humanos y su consiguiente violencia institucional.

Paradójicamente, su accionar como magistrado demuestra una concepción sesgada, clasista, machista y homofóbica, al decidir por la libertad – y aún la absolución – de los asesinos cuando son policías, o cuando las víctimas son mujeres, homosexuales o simplemente jóvenes pobres y morochos.

En definitiva, aplica su parecer de “mano dura” de acuerdo a sus convicciones discriminatorias, muy cercanas a las que ya conocimos durante el genocidio de los ’70.

Miembros de la CPPT en ocasión de la presentación del Informe Anual 2015.
Miembros del CPPT en ocasión de la presentación de su Informe Anual 2015. Foto: CPPT

En ocasión de la acordada de la Corte – la misma que pretende integrar – en respuesta al habeas corpus presentado en setiembre por este Comité, junto a otras instituciones, el señor Valerio manifestó su desacuerdo, particularmente con exigencia para con los jueces de visitar periódicamente las cárceles.

En declaraciones a la prensa, se ha referido a conceptos como anarco abolicionismo , que no explican más que anacrónicas y publicitarias ideas sin sustento doctrinario y contrarias a los tratados internacionales con fuerza constitucional en nuestro país.

Pero lo que particularmente preocupa a este Comité, es todo el conjunto de conceptos anticonstitucionales que son algunas de las causas más importantes en la problemática de la violencia en los lugares de contexto de encierro, expresadas por el señor Valerio, tanto en sus expresiones públicas como en las que le atribuye el Ejecutivo. En especial el uso abusivo del instituto de la prisión preventiva, causa principalísima del hacinamiento en las cárceles de la Provincia. Al decir del ministro de la Corte, Dr. Pérez Hualde, el detenido no es un “delincuente”. Lo será cuando sea condenado. Por ello es necesario que haya certeza para privarlo de su libertad. La detención en nuestro sistema penitenciario -aunque fuera por días- marcará su vida para siempre.

Este Comité, ha trabajado, investigando, relevando y recomendando mejoras, el estado de las cárceles de Mendoza, y es así que ha llegado, sin lugar a dudas, a advertir acerca de la pésima consecuencia de la aplicación indiscriminada de la prisión preventiva, particularmente a imputados jóvenes, pobres y morochos. El resultado de nuestras investigaciones, está plasmado – y elevado a los poderes Ejecutivo y Legislativo – en nuestro informe de 2015, y en numerosas recomendaciones.

Cárcel de Mendoza.
Cárcel de Mendoza. Foto de archivo: CPPT

Ejemplos de las resoluciones en las que intervino el juez Valerio, la mayoría de las cuales fueron corregidas por instancias superiores, particularmente la Suprema Corte, son los siguientes casos:

. Anulación del juicio por la muerte de Lucas Carrasco, simplemente porque Valerio no se presentó a trabajar de juez. Imputado: Diego Guzmán, policía.

. Absolución de Mariano Luque, imputado por la desaparición de Soledad Olivera. Sentencia anulada por la Corte.

. Condena a Cinthia Rojas Echeverría, embarazada, víctima de violencia de género, a 8 años de prisión, por haber matado a su agresor en defensa propia. Esta sentencia fue anulada por la Corte.

. No consideró los agravantes por el vínculo, al juzgar a Gustavo Calderón Polo, quien mató a Fernanda Toledo, frente a sus hijos.

. Absolvió a Diego Arduino, asesino de Alejo Hunau, argumentando falta de mérito por la homosexualidad de la víctima. Sentencia anulada y posterior condena a 16 años por la Cámara 4ª.

Por todo lo dicho, impugnamos la postulación del Dr. Valerio a ocupar un cargo de ministro de la Suprema Corte, ya consideramos sería un grave retroceso doctrinario e institucional.

Adriana Recchia, Oscar Guidone, Ana Sosino, Ana Totera, Eugenio París, Mercedes Duberti y Fernando Rule.