Este miércoles, abogadas y abogados mendocinos realizaron un “pañuelazo jurídico” en favor de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. En diálogo con EL OTRO, la letrada e investigadora Eleonora Lamm explicó los principales argumentos que sustentan el proyecto de legalización del aborto.

Fotos: Coco Yañez

El lunes estuvimos en la manifestación de los abogados autodenominados “pro vida”. Ellos argumentan que, como la vida comienza legalmente desde la concepción, el aborto debe ser considerado un delito. ¿Cuál es su opinión al respecto?

Ese argumento, desde el punto de vista constitucional, no es viable, en tanto que nosotros tenemos un bloque de constitucionalidad convencionalizado. Es decir, hoy los principales instrumentos de Derechos Humanos, como por ejemplo la Convención de los Derechos del Niño, y los organismos que aplican esos instrumentos internacionales, recomiendan la legalización del aborto como política.

Si la propia Cedaw, que es la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer, si el Comité por los Derechos del Niño y el Comité por los Derechos Humanos, que es el que aplica la Convención, lo que sugieren es legalizar el aborto, es porque los tratados de Derechos Humanos no protegen la vida desde la concepción, si entendemos esto como penalización del aborto como consecuencia.

Eleonora Lamm.

Por otro lado, nuestra Constitución no se refiere al derecho a la vida en ningún lado, es un derecho implícito y, como tal, en ningún artículo se menciona a la concepción. Solamente está en los convenios internacionales que, como decía, sugieren la legalización del aborto.

A su vez, lo cierto es que el derecho a la vida, como todo derecho, no es absoluto. Tiene que ser interpretado en una forma sistémica con otros derechos que están en juego. El derecho a la vida no es el único y cuando se contrapone con otros derechos hay un conflicto que, en el caso del aborto, ya fue resuelto por los legisladores en 1921. El planteo que hacen algunos es retroceder a antes de ese año.

 

La mayoría de los que se oponen a la legalización consideran que siempre el aborto es un atentado a la vida y, por lo tanto, un asesinato…

Una cosa es que haya vida, y otra es que haya persona humana. Un espermatozoide tiene vida, un óvulo tiene vida, la persona que está muerta civilmente también tiene vida, porque su cuerpo sigue teniendo células vivas. Decir que hay vida en tanto haya células vivas no significa necesariamente que haya una persona que tiene protección jurídica.

Esto es lo que explicamos nosotras en diferentes ocasiones para entender la gradualidad en la protección de los derechos. Por ejemplo, nuestra legislación ya ha resuelto que el embrión in vitro, que está fuera del útero de la mujer, no es persona desde el punto de vista civil. La ley le da menos derechos que el que ya está concebido en el útero y, a su vez, a ese que está concebido en el útero le da menos derechos que al ya nacido. ¿Por qué? Porque nuestro propio Código Civil dice que para que tenga los derechos que ésta ley le reconoce tiene que haber nacido con vida.

En esta gradualidad, si hay un conflicto de intereses con la persona que está gestando, prevalecen los derechos de esa mujer. Esto es lo que viene a resolver el proyecto de ley que está en el Congreso. En las primeras semanas el aborto es legal, sin la necesidad de manifestar ninguna causal, y luego de transcurridas esas semanas se deben alegar determinadas razones.

Hoy parece existir cierto consenso social de que resulta absurdo e injusto que una mujer que se realizó un aborto deba ir presa. De hecho son excepcionales los casos de mujeres en prisión por esta causa. ¿Despenalizar el aborto es la solución?

No, no alcanza. Si solo despenalizamos, sin garantizar el acceso, seguiremos en una situación como en la que estamos hoy, una situación hipócrita e injusta. Hoy nuestro Código Penal tiene despenalizado el aborto en dos causales muy amplias, sin embargo este acceso está siendo muy restringido o generalmente se realiza en condiciones de clandestinidad.

Despenalizar como tal, simplemente, no alcanza. Necesariamente se tienen que prever políticas públicas para garantizar el acceso a todas las personas por igual. Por eso es buena la sistematicidad con la que el proyecto de ley abarca a la interrupción voluntaria del embarazo. Porque no solo prevé que se despenalice, también contempla políticas públicas de prevención, de implementación, de consejerías… Es decir, el efectivo acceso en el sistema de salud.

Las mujeres no están yendo presas, entre comillas, porque lo cierto es que sí son denunciadas, que el sistema penal sí cumple una función disuasoria. Las mujeres tienen miedo de acudir al hospital para solicitar un aborto ya contemplado en el Código Penal porque se las intimida. Desde las mismas maternidades de esta provincia se las ha denunciado.

Desde el movimiento feminista se sostiene fuertemente el derecho de las mujeres a disponer sobre sus propios cuerpos. Desde la vereda opuesta, se argumenta que la vida que una mujer está gestando no es su cuerpo, que es otra persona. Desde el punto de vista jurídico, ¿es esto lo que está en juego con la legalización del aborto?

Te voy a dar dos ejemplos concretos. Si yo hoy diera a luz, y esa persona nacida necesitara un trasplante de riñón, no estaría obligada a darle mi riñón. O si una mujer estuviese embarazada, y el feto tuviera una enfermedad que requiriera una operación intraútero, ¿podríamos forzar a esa mujer a hacerse la cirugía para salvarlo, cuando esta operación fuese riesgosa para la mujer? La respuesta es no.

Se les pide a las mujeres sacrificios heroicos y se las trata de incubadoras. Hasta tanto no haya una persona nacida, no hay dos cuerpos. El único cuerpo que está en juego es el de la mujer. El proyecto de ley prevé que hasta un determinado momento del embarazo la mujer tiene autonomía para decidir, y después de ese tiempo tendrá que alegar causales para poder interrumpir voluntariamente ese embarazo.

 

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