La Cámara de Diputados de Mendoza aprobó una reforma al Código Procesal Laboral que obliga a los jueces a dictar fallos teniendo en cuenta las normas internacionales de derechos humanos que protegen a las y los trabajadores. “Queremos corregir una clara desigualdad ante la ley”, destacó Marcelo Aparicio, autor del proyecto que obtuvo media sanción en la Cámara Baja. El bloque del PRO votó en contra.

Foto: Legislatura de Mendoza

Por mayoría, la Cámara de Diputados provincial dio sanción inicial a un proyecto que busca ampliar la protección de los derechos de las y los trabajadores en los procesos judiciales.

La iniciativa del diputado Marcelo Aparicio, que solo fue rechazada por el bloque del PRO, busca “corregir una clara desigualdad ante la ley que existe entre el reclamo de un trabajador derivado de sus relaciones laborales, y el reclamo de una persona por las consecuencias derivadas de su accionar en la vida civil”, de acuerdo a lo señalado por el propio legislador del Frente de Todos.

Marcelo Aparicio. Foto de archivo: Coco Yañez

“Con el Código Procesal Laboral tal como lo tenemos, una persona que sufre un accidente yendo a una fiesta -a quien le corresponde reclamar en un proceso civil- tiene mayores posibilidades de que se le reconozcan los derechos derivados de las normas superiores, frente a una que lo sufre yendo a trabajar y debe reclamar dentro de un proceso laboral”, precisó el diputado y dirigente sindical del gremio de trabajadores de televisión, en un comunicado de prensa difundido este jueves.

Hasta ahora el artículo 70 de este código de forma disponía vagamente que: “Las sentencias interlocutorias y definitivas serán pronunciadas por mayoría de votos de sus miembros”. Con la aprobación de la reforma, que deberá ser refrendada por el Senado, se incorporará a este texto la obligación de los jueces de contemplar, además de la Constitución Nacional y de Mendoza y la legislación argentina y provincial, el conjunto de normas internacionales que amplían los derechos laborales.

Foto de archivo: Cristian Martínez

En el mismo sentido, la modificación introduce el control de constitucionalidad y de convencionalidad en el fuero laboral local. Previsión que otorga mayores garantías para las y los obreros que interpongan demandas judiciales.

“A la situación de desigualdad planteada, se suman reclamos de profesionales del derecho laboral quienes permanentemente hacen planteos de inconstitucionalidad de distintos aspectos de la Ley de Riesgos de Trabajo en los juicios por accidentes y enfermedades profesionales, y que no encuentran ningún tipo de respuestas favorables. Un ejemplo de esto son los artículos que de manera retroactiva ordenaron actualizar las indemnizaciones de trabajadores en base a índices que no contemplan la desvalorización por inflación”, manifestó el diputado Aparicio para graficar la trascendencia de la reforma.

Con la sanción definitiva en la Cámara de Senadores, esas y otras respuestas que reclaman las y los trabajadores podrán ser justicia concreta.

Foto de archivo: Coco Yañez

 

 

 


 

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