La medida fue resuelta por el Séptimo Juzgado de Familia a cargo de la Dra. Flavia Ferraro, tras una denuncia por violencia intrafamiliar realizada por la esposa del Ministro de Seguridad de Mendoza. La pericia psicológica realizada a la denunciante concluye de manera contundente que existen “indicadores psíquicos compatibles con patología vincular y violencia de género de larga data”. Investigación exclusiva de EL OTRO.

Copia de la resolución judicial. Fuente: Poder Judicial de Mendoza.

El 3 de setiembre pasado, la jueza a cargo del Séptimo Juzgado de Familia Flavia Ferraro ordenó “la prohibición de acercamiento y acceso” del Ministro de Seguridad de Mendoza, Gianni Venier hacia su actual cónyuge, “hasta tanto se demuestre que el contacto no es perjudicial”. La medida “comprende el contacto y acercamiento ‘virtual’, sea a través de telefonía, redes sociales, etc.”

La resolución de la magistrada se produjo a partir de la denuncia por violencia intrafamiliar realizada por su esposa, que consta en el expediente 1537/18 de la Justicia de Familia provincial y, a diferencia de las generales de la ley –suelen regir por tres meses-, no contempla plazos.

Gianni Venier. Foto: Coco Yañez

Según se desprende del expediente, al cual tuvo acceso EL OTRO, Venier está separado de hecho desde marzo de este año, momento en el que su esposa solicitó el divorcio y la manutención de su hijo. Pero el persistente hostigamiento del ministro decidió a la mujer a develar la violencia ejercida por el mandamás de Seguridad.

Bajo la representación legal de la abogada Ana Natacha Romano, la cónyuge de Venier aportó diversas pruebas del padecimiento sufrido por ella y su hijo, así como una detallada descripción de la violencia ejercida por el ministro de Alfredo Cornejo.

Copia de la resolución judicial. Fuente: Poder Judicial de Mendoza.

En consecuencia, la jueza Ferraro solicitó una serie de medidas para evaluar y determinar la veracidad de su relato, que incluyó una pericia psicológica a la denunciante. Esta instancia arrojó resultados elocuentes, a partir de los cuales Ferraro orientó su resolución.

El informe de la pericia contenido en el expediente, afirma que al momento de la evaluación la entrevistada se encontraba “lúcida, orientada globalmente”, con “un nivel intelectual normal” y sin “ideación delirante”. Advirtiendo que “la dinámica relacional descripta presenta potencial para el agravamiento de la situación”.

Foto: Coco Yañez

A la par, el informe asevera que la víctima “describe una modalidad vincular previa a la separación con presencia de disfuncionalidad comunicacional y desacuerdos convivenciales que habrían escalado a instancias compatibles con la violencia psicológica, insultos, descalificaciones sobre la valía y la capacidad de la entrevistada, violencia física en forma de empujones, apretones y tiradas de cabello y violencia ambiental”.

Además, el relato proporcionado en la pericia por la esposa de Venier sostiene que el denunciado “habría incurrido en cuidados negligentes hacia el niño y menosprecios hacia el mismo, al tratarlo de ‘el coso, el pendejo’, así como menciona un episodio en el cual lo zamarreó cuando tenía un año y medio, que la llevó a evaluar la continuidad de su relación”.

Alfredo Cornejo y su ministro de Seguridad Gianni Venier. Foto: Prensa Gob. Mza.

A pesar de las fuertes presiones del Ministro de Seguridad y funcionarios jerárquicos del gobierno para desvirtuar y ocultar la denuncia –que alcanzó la complicidad de los principales medios de comunicación de Mendoza-, en la mañana de este martes Gianni Venier  también se sometió a la pericia psicológica ordenada por el juzgado interviniente.

La resolución judicial del 3 de setiembre postergó la definición de restringir el contacto con el hijo del matrimonio, quien según el relato aportado por su madre también sufrió maltrato de parte del funcionario.

En ese sentido, la Dra. Ferraro decidió “diferir el pronunciamiento” sobre el menor “hasta tanto obre en autos dictamen de la Asesora de menores e incapaces”. La decisión de la jueza fue adoptada luego de que la representante legal de la mujer que denunció violencia de género solicitara que la protección abarcara también a su niño.

 


 

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